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Finiquito laboral: qué incluye y cómo se calcula
El finiquito no es un solo monto, son varios conceptos que dependen de por qué termina el contrato. Esta guía explica cuáles corresponden en cada caso, el tope de 90 UF y el plazo para pagarlo.
Respuesta corta: El finiquito es el documento que cierra la relación laboral y detalla lo que el empleador debe pagar. Puede incluir la indemnización por años de servicio (un mes por año, hasta 11 años), la indemnización sustitutiva del aviso previo (un mes) y el feriado proporcional, más las remuneraciones pendientes. Qué conceptos corresponden depende de la causal de término. Para que tenga plena validez debe firmarse ante un ministro de fe, y el empleador debe ponerlo a disposición dentro de 10 días hábiles.
Los conceptos del finiquito
- Remuneraciones pendientes: los días trabajados del último mes, más la gratificación y otros haberes que se hayan devengado.
- Feriado proporcional: las vacaciones que te corresponden por el tiempo trabajado y que no alcanzaste a tomar. Se paga siempre, sea cual sea la causal.
- Indemnización por años de servicio: un mes de remuneración por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses, con un tope de 11 años. Solo procede en ciertas causales.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: un mes de remuneración, si el empleador no avisó con 30 días de anticipación.
- Recargo: si el despido se declara injustificado, la indemnización por años de servicio se recarga, por ejemplo en 30% cuando la causal invocada no se acredita.
Qué corresponde según cómo termina el contrato
| Causal | Indemnización por años de servicio | Aviso previo | Feriado proporcional |
|---|---|---|---|
| Necesidades de la empresa (art. 161) | Sí | Sí, si no se avisó | Sí |
| Renuncia voluntaria (art. 159 N°2) | No | No | Sí |
| Vencimiento del plazo (art. 159 N°4) | No | No | Sí |
| Conducta indebida (art. 160) | No | No | Sí |
| Despido injustificado declarado por el juez | Sí, con recargo | Sí | Sí |
Si renuncias, te corresponde el feriado proporcional y lo que tengas pendiente, pero no indemnización por años de servicio. Esa diferencia es la más importante al decidir cómo termina un contrato.
Cómo se calcula la indemnización por años de servicio
La base de cálculo tiene un tope de 90 UF. Las fracciones de año superiores a seis meses cuentan como un año completo.
Ejemplo
- Última remuneración mensual: $900.000.
- Antigüedad: 4 años y 8 meses, que se cuentan como 5 años.
- Indemnización por años de servicio: $900.000 × 5 = $4.500.000.
- Si no hubo aviso con 30 días, se suma un mes adicional: $900.000.
Para hacer este cálculo con tus fechas y tu causal, usa la calculadora de finiquito.
Plazos y formalidades
- Plazo: según la Dirección del Trabajo, el empleador debe otorgar el finiquito y poner su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles contados desde la separación.
- Ministro de fe: para tener pleno poder liberatorio, el finiquito debe firmarse ante un ministro de fe, como un notario o un inspector del trabajo, según el artículo 177 del Código del Trabajo.
- Reserva de derechos: si no estás de acuerdo con algún monto, puedes firmar dejando constancia de la reserva, y reclamar después.
No firmes sin revisar. Verifica que figuren todas las cotizaciones pagadas hasta la fecha de término, el feriado proporcional y la gratificación devengada. Un finiquito firmado ante ministro de fe sin reserva de derechos cierra los reclamos por los conceptos que incluye.
Qué pasa con el feriado proporcional
El feriado legal es de 15 días hábiles por año. Si termina el contrato, se paga lo proporcional al tiempo trabajado desde tu último aniversario, más los días que tenías acumulados sin tomar. Se paga con la última remuneración mensual, en días corridos.
La gratificación que aún no se haya pagado también se incluye. Para entenderla, revisa la guía de gratificación legal. Y para ver qué parte de tu sueldo es imponible, la calculadora de sueldo imponible.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el finiquito?
Es el documento que pone término a la relación laboral y detalla los pagos que el empleador debe hacer al trabajador: remuneraciones pendientes, feriado proporcional y, según la causal, indemnizaciones.
¿Cuánto es la indemnización por años de servicio?
Un mes de la última remuneración por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses, con un máximo de 11 años. La base tiene un tope de 90 UF.
¿Me corresponde indemnización si renuncio?
No. Si renuncias voluntariamente solo te corresponden el feriado proporcional y lo que tengas pendiente, como remuneraciones o gratificación devengada.
¿En cuántos días debe pagarse el finiquito?
Según la Dirección del Trabajo, debe otorgarse y ponerse su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles contados desde la separación.
¿Dónde se firma el finiquito?
Ante un ministro de fe, como un notario o un inspector del trabajo, para que tenga pleno poder liberatorio entre las partes, según el artículo 177 del Código del Trabajo.
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Contenido informativo y de apoyo al cálculo. No constituye asesoría tributaria, previsional ni laboral. Los plazos y parámetros legales cambian: verifica siempre la información vigente en sii.cl, dt.gob.cl y spensiones.cl antes de tomar decisiones. Última actualización: agosto de 2026.